jueves, 1 de julio de 2010

COLMADONES SOLO PODRAN VENDER BEBIDAS HASTA LAS DIEZ DE LA NOCHE


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El antproyecto de ley, que someterá al Congreso el Ministerio de Interior y Policía para regular el expendio de bebidas alcohólica, prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en las áreas del dominio público y establece que la venta en los colmadones, tiendas de licores, supermercados y otros sólo se permitirá hasta las 10.00 de la noche.

Igualmente, los alcaldes no podrán permitir la venta y consumo de bebidas alcohólicas en las fiestas patronales y otras actividades en las áreas públicas.

“Corresponde a los alcaldes o alcaldesas de los ayuntamientos municipales respectivos fijar horarios para la celebración de eventos, patronales, ferias y otros similares en las áreas de dominio público, sin consumo ni expendio de bebidas alcohólicas, y al Ministerio de Interior y Policía cuando se trata de eventos con expendio de bebidas alcohólicas", indica el documento.

Agrega que en las áreas públicas como aceras, avenidas, parques, calles y áreas verdes no podrá consumirse alcohol, a menos que Interior y Policía lo autorice para algún evento ocasional.

Una vez convertido en ley ese anteproyecto, se fijará como horas autorizadas para el expendio de bebidas desde las 8:00 de la mañana hasta las 12 de la media noche de lunes a jueves y hasta las 2:00 de la mañana los sábados y domingo.

Quedan exceptuados de esos horarios límite, desde la hora de inicio del día, las celebraciones patrias, específicamente el 26 de enero, el 27 de febrero, el 16 de agosto y desde el 23 de diciembre hasta el primero de enero.

El anteproyecto especifica que el Ministerio de Interior y Policía está facultado a variar esos horarios y privilegiar con una hora adicional los lugares de diversión autorizados.

Destaca que el límite de los horarios no aplica para locales y centros turísticos habilitados y certificados por el Ministerio de Interior y Policía.

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